Dirección de Obra nueva

Para poder construir un nuevo inmueble, es obligatorio disponer de una dirección de obras formada por un arquitecto como director de proyecto y su diseño; y un arquitecto técnico, que será el director del control de ejecución. La unión de ambos, conformará la dirección facultativa donde serán responsables de llevar las obras correctamente, controlando la calidad, tiempos de ejecución y la parte económica, para que así, se terminen las obras adecuadamente y acordes al proyecto realizado.

Incluye libro de órdenes + Visado de Colegio Profesional + dirección de arquitecto + dirección de arquitecto técnico 

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(I.G.I.C no incluido)